Registro Civil: requisitos y vigencia del pasaporte de emergencia




El trámite es presencial y cambia según se trate de ecuatorianos o extranjeros residentes.
El pasaporte de emergencia se emite en casos especiales por el Registro Civil. Este documento aplica para ecuatorianos que perdieron su pasaporte vigente o fueron víctimas de robo. También se entrega cuando existe una necesidad urgente debidamente comprobada. Esa urgencia debe estar relacionada con el retorno a Ecuador o al lugar de residencia. La emisión está contemplada en el artículo 154 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana. Ese mismo artículo incluye a extranjeros con calidad de residentes en Ecuador. También pueden acceder quienes tengan protección internacional reconocida. En estos casos, la condición es no contar con documentos de viaje para retornar o salir del territorio ecuatoriano. La norma también contempla a ecuatorianos requeridos en procesos administrativos migratorios para deportación, expulsión o extradición. Además, incluye a extranjeros no residentes que hayan perdido su documento o lo tengan caducado y necesiten salir hacia la nación más cercana donde exista una oficina consular de su país.
La vigencia del pasaporte de emergencia es de hasta tres meses. Para ecuatorianos en el exterior y extranjeros residentes en Ecuador que estén fuera del país, se debe presentar una solicitud dirigida al cónsul de Ecuador. La presencia del solicitante es obligatoria. También se debe entregar una denuncia o declaración jurada por documento perdido o extraviado. Para extranjeros en territorio ecuatoriano, el trámite pide una solicitud de pasaporte de emergencia. Entre los requisitos constan el formulario por documentos extraviados y la copia del pasaporte anterior. También se solicita la copia de vigencia de visa en Ecuador y el certificado de antecedentes penales. El certificado actualizado de sentencia o del estado de juicios emitido por el Consejo de la Judicatura aparece como opcional. A esto se suman la fotografía tamaño carnet, el certificado de movimientos migratorios y el documento del consulado honorario que indique que no puede emitir un documento de viaje. El trámite se realiza de manera presencial en las oficinas del Registro Civil o en las dependencias consulares de Ecuador.
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