Corte corrigió error de la Asamblea en Ley de Salud Mental




La Corte Constitucional eliminó una reforma que restringía la autonomía de personas con autismo y trastornos mentales
La Corte Constitucional anuló una reforma en la Ley de Salud Mental que vulneraba derechos de personas con autismo. La Asamblea modificó el Código Civil cambiando "demente" por "personas con trastorno mental", lo que generó problemas legales. Con este cambio, personas con autismo o trastornos leves eran declaradas interdictas, perdiendo su autonomía jurídica. La interdicción les impedía administrar bienes, hacer trámites legales o tomar decisiones sobre su salud y trabajo. Incluso podían perder la patria potestad de sus hijos y necesitaban un tutor para acciones básicas.
Ante esto, la Asociación de Padres y Amigos de Personas con Autismo (Apada) presentó una demanda de inconstitucionalidad. La Corte dio la razón a Apada y reprochó la falta de atención de la Asamblea en la reforma de la ley. El fallo declaró inconstitucionales los artículos que afectaban a estas personas y eliminó la limitación jurídica impuesta. Ahora, solo las "personas con demencia" serán consideradas legalmente interdictas. La sentencia fue unánime y deja sin efecto la reforma que perjudicó a miles de ecuatorianos. Con esta decisión, se protege el derecho de las personas con trastornos mentales leves a vivir con autonomía. El caso generó indignación, ya que la Asamblea no previó las consecuencias de su modificación legal. Este es un llamado de atención para que el Legislativo revise con más cuidado las leyes antes de aprobarlas. La Corte insistió en que cualquier cambio legal debe respetar la dignidad y derechos de todas las personas.
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