¿Una Constituyente podría quitar derechos en Ecuador?




Un plan de Constitución “sencilla” encendió alarmas sobre retrocesos en derechos
El presidente Daniel Noboa dijo que su Constitución sería sencilla de entender y de 180 artículos. Aseguró que en ese texto pondría al ciudadano primero, con énfasis en el que “hace las cosas bien”. También afirmó que los derechos de las personas y de la naturaleza quedarían a salvo. Las dudas crecieron por acciones recientes de su gestión en seguridad y extractivismo. Hubo despliegue de fuerza y militarización durante el paro en Imbabura. Se promovió la idea de un indulto anticipado para miembros de las fuerzas públicas. Se empujaron planes mineros de gran alcance. Se postergó el cierre de los pozos del Yasuní ITT aprobado en las urnas.
Han pasado dos años desde ese mandato y el ITT siguió en operación. La propuesta de Asamblea Constituyente planteó que 13 provincias quedaran representadas por un solo partido. Antes ya se impulsaron reformas que incluían castración química. También se planteó retirar a las personas privadas de libertad de los grupos de atención prioritaria. El Mandatario se quejó de la justicia indígena y de los territorios ancestrales. En una entrevista dijo que la Constitución de Montecristi es “garantista de los criminales”. La gran pregunta era si una Constituyente podía retroceder derechos adquiridos. La respuesta jurídica apuntó al principio de no regresividad reconocido a nivel internacional. Ecuador firmó pactos como el de Derechos de 1966 de la ONU y la Convención Americana de 1978, además del Protocolo de San Salvador de 1988. Esos instrumentos obligaron a no bajar estándares ni derogar normas que reduzcan la protección existente.
También exigieron avanzar progresivamente y resguardaron derechos específicos, como los de personas privadas de libertad y los colectivos de pueblos y nacionalidades, apoyados por la Declaración de la ONU, el Convenio 169 y el Acuerdo de Escazú. En materia ambiental, el país formó parte del Acuerdo de París, la Convención Marco de la ONU sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kyoto y el Tratado de Cooperación Amazónica. Con una Carta de 180 artículos en la mesa surgieron inquietudes sobre el futuro de los 83 artículos que hoy fijan reglas en derechos y garantías.
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