Corte recordó fallo clave sobre redes y libertad de expresión




La Corte Constitucional recordó en X su sentencia de 2025 sobre redes de instituciones públicas.
La Corte Constitucional recordó una sentencia de 2025 sobre redes sociales y libertad de expresión. La mención la hizo con una publicación en su cuenta de X. El origen del caso fue de 2020. Entonces, Carlos B. fue bloqueado en la cuenta de Facebook del Municipio de Lago Agrio. La denuncia subió hasta la Corte y fue seleccionada para crear jurisprudencia. El expediente quedó registrado como Sentencia 2032-20-JP/25. La revisión buscó confirmar si hubo restricción al derecho a expresarse en una red institucional. En una audiencia de 2024, el ciudadano dijo que sus comentarios cuestionaron el despilfarro de recursos públicos. La Corte analizó ese bloqueo y su impacto en el debate público. En 2025, el tribunal aceptó la acción de protección. También determinó que la Alcaldía vulneró la libertad de expresión de Carlos B. La sentencia ordenó disculpas públicas por parte de la Alcaldía. Además, exigió un protocolo para el manejo de redes sociales oficiales. La CC fijó pautas para todas las instituciones públicas. Indicó que deben abstenerse de bloquear usuarios o limitar interacciones. Aclaró que se pueden borrar publicaciones que promuevan violencia, odio o contenido sexual. Para ello, las entidades deben justificar la razón. La Corte destacó que la crítica a funcionarios e instituciones es discurso protegido. Recordó que la gestión pública demanda tolerancia y apertura. También pidió transparencia y escrutinio constante. Con este recordatorio, la CC subrayó la vigencia de su sentencia de 2025.
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